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Especialistas dicen que la Casa del Conductor agiliza trámites y cubre deficiencia estatal

Consultados coinciden en la necesidad del servicio y piden centros similares en cada provincia

La existencia en República Dominicana de centros de retención de personas involucradas en accidentes de tránsito es vista por varios sectores como un servicio necesario que viene a cubrir deficiencias del Estado.

Parten de que, en esos centros, como la Casa del Conductor, se procura la agilización de un trámite legal y un trato más digno a un ciudadano que, por accidente, se ve involucrado en un conflicto que no salió a buscar.

En esto coinciden, por separado, el diputado Tobías Crespo, exdirector de la Director General de Tránsito Terrestre (actualmente Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre) y Juan Marte, presidente de la Central Nacional de Trabajadores del Transporte (CNTT).

También la abogada especializada en asuntos de tránsito Blanca Mateo, quien defiende que la existencia de esos centros ni es ilegal ni violenta en nada el debido proceso que se tiene que seguir con una persona ante la justicia.

La Casa del Conductor es un centro de retención que existe en el país desde el año 2002 y tiene fundamento legal en el Decreto 726-01 que en julio de 2001 emitió el expresidente Hipólito Mejía.

Con él se permite la participación privada en la organización y administración de las instituciones especiales para la reclusión de personas por accidentes de tránsito no conexos con otros delitos, que son las denominadas casas de conductores o casas cárceles.

Luego, con la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, se dictaminó las pautas de funcionamiento de esos centros.

El diputado Crespo, uno de los proponentes de la Ley 63-17, recuerda que, una de las ideas que se debatió era que haya una casa del conductor en cada provincia y que el ciudadano pudiera resolver esos conflictos sin tener que exponerse en una prisión junto a personas que están detenidas por crímenes.

Señala que lo fundamental es que siempre sean entidades bajo el control de las autoridades, específicamente, la Dirección General de Prisiones.

Como cualquier seguro

“La Casa del Conductor es un negocio como el de los seguros: el seguro de salud, seguro a la propiedad…”, dice el dirigente choferil Juan Marte.

Entiende que el Estado dominicano ha utilizado esa modalidad durante años, porque así se desprende de las responsabilidades que por ley les corresponden a las autoridades de tránsito. Desde el punto de vista legal, la abogada Blanca Mateo, que lleva la cuenta de unas seis compañías aseguradoras y debe acudir con mucha frecuencia a la Casa del Conductor, esgrime varios aspectos para apoyar su idea de que es un negocio legítimo e, incluso, necesario.

“El poder acceder a la Casa del Conductor agiliza todos los procedimientos que se derivan de accidentes de tránsito; la ubicación geográfica de un tribunal no está prescrita en la ley, que no te dice donde tiene que haber un tribunal y donde no; y entre los procedimientos que se llevan en la Casa del Conductor, yo nunca he visto que se violente el debido proceso de ley”.

Basado en su experiencia, la abogada explica que una vez un conductor tiene un accidente, se presenta ante una autoridad competente, pues en la Casa del Conductor hay un representante de cada una de las entidades que deben intervenir en el proceso, dígase Digesett, ministerio público y un tribunal.

Diario Libre

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