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Senado convierte en ley proyecto sobre Responsabilidad Fiscal

La inhabilitación para prestar servicios al Estado por cinco años.

El Poder Ejecutivo podrá suspender, a través de un decreto, y durante un periodo no superior a un año, las reglas y medidas previstas ante la ocurrencia de desastres naturales, epidemias de salud pública y guerra

El Senado convirtió este jueves en ley el proyecto de Responsabilidad Fiscal, a través del cual se establecen las condiciones para el logro de una transparente gestión financiera del Estado y con el cual se establece que la deuda del Gobierno General no supere 40 % del Producto Interno Bruto Nominal (PIBN) para el 2035.

Con respecto a la tasa del de crecimiento del gasto primario del gobierno, la administración pública está obligada a adoptar medidas para garantizar que en ningún ejercicio fiscal la tasa de inflación promedio anual proyectada supere más de 3.0 puntos porcentuales.

«Una vez alcanzado el objetivo de deuda de mediano plazo, la regla de crecimiento del gasto primario será ajustada de forma anual por el Ministerio de Hacienda, de forma tal que se generen los balances primarios que permitan que el saldo de la deuda no sobrepase, en ninguno de los ejercicios fiscales el 40 % del PIBN», establece el numeral 1 del artículo 5.

Tras conocerse la aprobación de la ley, el ministro de Hacienda, Jochi Vicente, destacó el compromiso del gobierno con el manejo de las finanzas públicas, resaltando que la legislación evidencia la voluntad del Gobierno de ajustarse a un límite razonable en el crecimiento anual del gasto público primario (que excluye los intereses de la deuda).

«Estamos dispuestos a ponernos, a nosotros mismos (como Gobierno), límites razonables de crecimiento del gasto público que permitan, por un lado, cumplir las funciones intrínsecas del Estado y, por otro, seguir garantizando la sostenibilidad de la deuda pública», puntualizó Vicente.

La ley indica que en caso de que se produzca un incremento en los ingresos fiscales de manera permanente luego de un cambio de la legislación vigente y antes de alcanzar el objetivo de la deuda, el Ministerio de Hacienda deberá ajustar la regla de crecimiento de gasto primario para que sea consistente con el cierre del ejercicio fiscal.

El Poder Ejecutivo podrá suspender, a través de un decreto, y durante un periodo no superior a un año, las reglas y medidas previstas ante la ocurrencia de desastres naturales, epidemias de salud pública, guerra o hechos que perturben de forma grave el orden económico, social del país o que constituya una calamidad que dé como resultado una declaratoria de estado de excepción y que implique una erogación de gastos superior al 0.3 % del PIBN.

La ley dedica varios artículos a las infracciones y sanciones las cuales clasifica en graves y muy graves.

Entre las infracciones graves se incluyen emitir dictámenes que no cumplan las reglas establecidas en la ley, incumplir las obligaciones de registros, no hacer auditorias anuales y comprometer los gastos por encima de las asignaciones.

Quienes incurran en faltas graves serán sancionados con la suspensión del puesto público por un periodo que va desde los seis a los dos años sin disfrute de sueldo.

Se consideran infracciones muy graves la aprobación de crédito público en incumplimiento de los requerimientos al endeudamiento, el incumplir con las condiciones para otorgar avales o fianzas, y que no se cumpla con la obligación de transferencia de los fondos resultantes d ejecuciones presupuestarias.

Las sanciones incluyen la destitución del puesto público y la inhabilitación para prestar servicios al Estado por cinco años.

El proyecto fue sometido por el Poder Ejecutivo en el Congreso, pero perimió varias veces por falta de aprobación y fue reintroducido por Julito Fulcar, vocero del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la Cámara de Diputados.

Diario Libre

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